El Indecopi publica propuesta para reglamentar la protección de los productos y métodos de preparación de los platos típicos peruanos, así como de productos agrícolas y artesanales propios de una determinada zona geográfica del país.
El documento puede ser consultado en este enlace: https://bit.ly/36OEyFj.
Los comentarios se recibirán hasta el 3 de febrero del presente año.
El Indecopi puso a disposición de las instituciones públicas, privadas y de la ciudadanía en general el documento de trabajo denominado “Propuestas del Indecopi para la reglamentación del Régimen de Protección de las Especialidades Tradicionales Garantizadas y del Régimen de las Indicaciones”. Con esta propuesta se busca dar protección a los platos típicos de la gastronomía peruana, entre otros.
Se trata de un documento elaborado por la Dirección de Signos Distintivos (DSD) que propone cómo se reglamentarán las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) y las Indicaciones Geográficas (IG), dos importantes signos de la propiedad industrial, que protegen los sabores ancestrales culinarios y que contribuyen a promover la oferta gastronómica típica del Perú.
Con la publicación de este documento se inicia una etapa de debate público sobre la determinación de los procedimientos, requisitos y disposiciones relacionadas con los mencionados signos. De esta manera, las propuestas se someten a consulta pública con la finalidad de recibir comentarios y aportes de entidades públicas, privadas y ciudadanía al correo electrónico presidencia@indecopi.gob.pe, hasta el lunes 03 de febrero de 2020.
Protección a la gastronomía peruana
Las ETG son signos de calidad que garantizan que determinadas preparaciones gastronómicas tienen ingredientes y/o métodos de preparación tradicionalmente peruanos. Es decir, a través de esta herramienta legal, por primera vez el Perú contaría con una protección efectiva de los conocimientos e ingredientes que han dado identidad a la gastronomía peruana.
A partir del uso de las ETG, se busca dar valor agregado a productos de nuestra gastronomía en su comercialización, producción o transformación. Así, los emprendedores de los sectores gastronómico y turístico podrán comunicar mejor los atributos de sus productos a los consumidores y resaltar las recetas y platos típicos.
Como se sabe, el Perú viene siendo reconocido como el “Mejor Destino Culinario del Mundo”. El impulso internacional del sector gastronómico y el consecuente ingreso de nuestra comida a diversos mercados internacionales expone a la cocina peruana (en no pocas ocasiones) a actos de usurpación sobre su auténtico origen, lo que hizo imprescindible establecer medidas como esta para reivindicar su peruanidad. En efecto, las ETG constituirán la partida o prueba de paternidad de las recetas y platos típicos peruanos.
Por ejemplo, platos típicos como el ají de gallina, la papa a la huancaína, el seco de chavelo, el lomo saltado, la pachamanca, entre otros, o postres tradicionales como la mazamorra morada, el King Kong, el suspiro a la limeña, etc., podrían recibir el tratamiento de Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG); y, por lo tanto, ser protegidas y reivindicadas bajo un régimen sui géneris de propiedad industrial.
Indicaciones geográficas
Las Indicaciones geográficas (IG) constituyen signos utilizados para distinguir productos que tienen un origen geográfico concreto, cuyas cualidades, reputación o características se deben esencialmente a su lugar de origen, siendo que, por lo general, adquieren el nombre del lugar de origen de estos.
De esta manera, se permitirá agregar valor a aquellos productos que cuentan con potencial para desarrollar una estrategia de diferenciación y posicionamiento con base en su origen geográfico tanto en el mercado nacional como internacional.
Las IG son más que un nombre o un símbolo, son el reflejo de una reputación vinculada a zonas geográficas. Su protección y gestión adecuada permite agregar valor a los productos que se producen en ellas. De no protegerse las IG, podrían ser objeto de usurpación por terceros que buscan aprovecharse ilícitamente de tal reputación.
La importancia de desarrollar un régimen de IG, en particular para productos artesanales y productos agrícolas peruanos, radica en que, una indicación geográfica respaldada por una sólida gestión comercial sirve entre otras cosas, para agregar valor a productos originarios de una zona geográfica específica y facilitar la penetración de tales productos en mercados externos.
En el Perú, los derechos de propiedad industrial se encuentran regulados en la Decisión 486, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, y el Decreto Legislativo N° 1075, el cual contiene disposiciones complementarias a la Decisión 486, esta última norma es la que mediante el Decreto Legislativo N° 1397 se precisa para fortalecer las facultades del Indecopi, a fin de otorgar una mejor protección de los derechos de Propiedad Industrial a favor de los emprendedores, en particular del sector gastronómico y turístico.