Por: Walter Borja Rojas, Jefe de la Oficina de Normalización Previsional – ONP
La visión de la ONP es ser una entidad que promueva y garantice el derecho a la seguridad social, en el sentido más amplio de este concepto. Por ende, el acceso a una pensión no solo brinda un soporte económico, sino también permite atención en salud.
La aprobación del reglamento de la Ley Nº 31301 facilita y garantiza el otorgamiento de pensiones a favor de los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que no accedían a una pensión por no haber alcanzado los 20 años de aporte.
Así, con esta nueva norma, que fue una iniciativa de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y del Poder Ejecutivo que los asegurados pueden acceder una pensión de 250 soles a partir de los 10 años de aportes y 350 soles a partir de los 15 años de aportes.
De esta manera se termina con la restrictiva consecuencia que se estableció con el Decreto Ley N° 25967, promulgado en diciembre de 1992, que categóricamente establecía en su artículo 1° “Ningún asegurado de los distintos regímenes pensionarios que administra el Instituto Peruano de Seguridad Social, podrá obtener el goce de pensión de jubilación, si no acredita haber efectuado aportaciones por un periodo no menor de veinte años”.
Esta es una medida de justicia social que reconoce el esfuerzo de ciudadanos que aportaron por años al Sistema Nacional de Pensiones y no obtuvieron pensiones. Este derecho a pensión mensual también activa un seguro de salud del Seguro Social de Salud (EsSalud) para el titular y sus dependientes. Sin duda, estamos avanzando hacia la seguridad social para todas las personas.
Se calcula que más de 46,000 asegurados accederán a una pensión proporcional durante el primer año y así lo demuestran las cifras: La ONP recibió en octubre, durante los primeros 15 días de vigencia más de 10,000 solicitudes y aprobó en tiempo récord 1,500 de estas.
Para apoyar este proceso y facilitar a los afiliados el goce de su derecho a la pensión, la ONP implementa medidas paralelas de orden administrativo. Así, se prioriza el trámite no presencial y para ello se tiene habilitada la plataforma ONPvirtual.pe que recibe solicitudes las 24 horas del día. También amplió su horario de atención en una hora más diaria de lunes a viernes, y de 8:00 a. m. a 12:30 m. los sábados.
Adicionalmente, se ha creado una línea especial de calificación para pensiones proporcionales y hemos generado una planilla de pago extraordinaria para que los primeros beneficiarios cobren su pensión a partir de este mes.
La orientación estratégica institucional es poner todas nuestras capacidades y experiencias en mejorar nuestros procesos de atención, teniendo en el centro a los ciudadanos, garantizándoles el acceso al derecho a pensiones oportunas, como parte de su derecho a la seguridad social.
En este escenario, la labor que cumple la ONP se cimienta en la institucionalidad que ha construido hasta la fecha. Ser la primera entidad pública que ha transitado al régimen de la Ley Servir, supone contar con procesos de atención definidos, dimensionamiento establecido, servidores públicos que lo conforman con base en la meritocracia, entre otras características, y esto le permite generar valor público con vista a la ciudadanía.
Nuestra mayor fortaleza son las personas que forman la ONP, desde sus diferentes papeles y funciones, sean directivos, especialistas, analistas técnicos o auxiliares, de los diferentes regímenes y condiciones contractuales, todos juntos concurrimos a esta misión institucional.
La visión de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) es ser una entidad que promueva y garantice el derecho a la seguridad social, en el sentido más amplio de este concepto. En ese orden de ideas, el acceso a una pensión no solo brinda un soporte económico que irá directo a la canasta básica del pensionista, sino también permite atención en salud –un servicio básico e imprescindible para los adultos mayores–. Es importante garantizar los derechos de este sector de la población en una etapa de la vida que debe ser sosegada y de disfrute.
Fuente: Jurídica (El Peruano)