JEE inicia proceso sancionador contra Rafael López-Aliaga por vulnerar normas de propaganda electoral

Rafael López-Aliaga

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició un proceso sancionador contra el candidato presidencial de Renovación Popular, Rafael López-Aliaga, por presuntamente vulnerar las normas de propaganda electoral, de cara a los comicios generales del 11 de abril del 2021.

Según la Resolución Nro. 00617-2021-JEE-LIC1/JNE, en la evaluación realizada por la Coordinadora de Fiscalización sobre las afirmaciones del postulante, quien dijo que de llegar a la Presidencia de la República donará su sueldo a las “organizaciones caritativas”, se aprecia una “presunta promesa de dádivas”.

Asimismo, se evaluaron otras declaraciones en Twitter de dicho candidato presidencial, videos en donde también afirma que el 50% de lo que gana lo destina a donaciones y obras de ayuda social.

“En ese sentido, existen indicios razonables que justifican objetivamente la apertura del procedimiento sancionador de determinación de infracción de las normas sobre propaganda electoral”, dice el documento.

“Por lo tanto, en atención a lo dispuesto en el párrafo 16.2 del artículo 16 del Reglamento, corresponde disponer el inicio del procedimiento sancionador contra el supuesto infractor, candidato Rafael Bernando López Aliaga Cazorla, y correr traslado de los actuados a la organización política Renovación Popular; así como, al citado candidato, a fin de que, en el plazo de tres (3) días calendario después de notificados, procedan a realizar sus descargos respectivos”, añade.

La denuncia fue presentada el 16 de febrero por el ciudadano Federico Alejandro Gracey Aguilar, quien presentó como prueba una publicación del 16 de enero en Facebook con el siguiente texto: “Cuando sea Presidente del Perú, no cobraré ni un sol de sueldo, todo lo donaré a organizaciones caritativas.

Cabe indicar que a Rafael López-Aliaga lo acompañan en la fórmula presidencial de Renovación Popular, Neldy Mendoza Flores para la primera vicepresidencia y el almirante Jorge Montoya en la segunda.

Fuente: El Comercio


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Decarga

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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  1. Que se sanciona la palabra o el hecho, la promesa no existe hasta que se transforma en una acción concreta y registrada o registrable, de lo contrario no existe, un bombero que apaga el fuego o el riesgo.

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