Jueces especializados dictarán medidas de protección ante violencia familiar

Los jueces especializados de familia y/o mixtos quedaron habilitados para dictar medidas de protección y/o cautelares en favor de las mujeres y los integrantes del grupo familiar víctimas de violencia familiar, según lo establecido por la Ley N° 303064.

Así, La Resolución Administrativa Nº 131-2020-CEP-PJ advierte que esta medida será cumplida en tanto dure el Estado de Emergencia Sanitaria dispuesto por el Poder Ejecutivo debido al COVID-19.

Esta norma señala, asimismo, que los órganos jurisdiccionales de emergencia designados a nivel nacional dejarán de resolver las medidas de protección y/o cautelares mencionadas.

Para proteger a los jueces especializados de Familia y/o mixtos, el Poder Judicial demanda a los presidentes de las cortes superiores que los magistrados designados no pertenezca al grupo de personas en condición de vulnerabilidad (mayores de 60 años y/o enfermedades preexistentes).

Asimismo, solicita a la Gerencia General del Poder Judicial y a los titulares de los 34 distritos judiciales habilitar los recursos tecnológicos necesarios para dictar las medidas de protección y/o cautelares, así como desarrollar los procedimientos para su uso adecuado.

Para este cumplimiento, deben suministrarse los insumos de bioseguridad y las medidas sanitarias necesarias para prevenir y mitigar los riesgos de contagio y propagación del COVID-19

En caso no sea posible aplicar los recursos tecnológicos para el dictado de las medidas de protección y/o cautelares, la Policía Nacional deberá coordinar con el juez competente el traslado y retorno seguro a las comisarías.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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