La dinámica de las negociaciones colectivas

Carlos Cadillo Ángeles

Por: Carlos Cadillo Ángeles (Consejero del Área Laboral de Miranda & Amado Abogados)

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó recientemente el boletín Negociaciones colectivas en el Perú 2019, con data relevante que amerita revisar y tomar en cuenta para la gestión de los conflictos laborales colectivos y la elaboración de las estrategias de negociación, más aún en la coyuntura que afrontamos. En este destacan cuatro temas. Primero, se observa la preferencia por la solución directa entre el empleador y las organizaciones sindicales o los delegados de los trabajadores. De los 298 casos solucionados que se registraron el año pasado, 249 (84%) se efectuaron mediante la negociación directa; 39 (13%) en la etapa de conciliación, donde un conciliador, designado por la autoridad de trabajo, facilita la comunicación entre las partes y permite un espacio adecuado para que estas lleguen a una solución; 6 (2%) mediante el extraproceso, mecanismo que se activa luego de agotadas las etapas de negociación directa o conciliación, y que se realiza de forma similar a esta última; y 4 (1%) se resolvieron por arbitraje, es decir, mediante la decisión (laudo arbitral) de un tercero (árbitro o tribunal arbitral).

Segundo, se puede apreciar algunos meses con mayor o menor intensidad en la solución del conflicto. La mayor cantidad de casos solucionados estuvo en marzo (10%), junio (12%) y diciembre (11%); y la menor cantidad, en enero (4%), febrero (6%) y noviembre (6%). Cada negociación es particular y depende de la decisión de dos o más partes; por ende, no se puede vaticinar la fecha de solución. Sin embargo, la proyección de dicha intensidad es importante para elaborar o adecuar la estrategia (por ejemplo, la programación y el avance de las reuniones), considerando los factores internos (los antecedentes de la negociación) y externos (terceros interesados) que podrían alterar el desenlace natural del conflicto. Tercero, se mantiene la presencia de convenios colectivos con una vigencia mayor al año.

En el ámbito de Lima Metropolitana fueron el 14% de los convenios registrados; en las regiones, el 3%; y con alcance suprarregional o nacional, el 35%. Precisamente, como los conflictos de alcance nacional tienen una dimensión particular (por la cantidad y localización de los centros de trabajo y trabajadores, el valor y el despliegue de los derechos acordados, entre otros), en más de un tercio de los casos las partes acordaron plazos de vigencia de entre 2 y 4 años. Finalmente, en el 2019, se registraron 527 pliegos de reclamos (peticiones de los trabajadores que inician las negociaciones); restando los casos solucionados, quedaron 229 (43%) casos no resueltos. Esto refleja una cifra importante de conflictos activos, sin considerar las negociaciones no solucionadas en períodos pasados o aquellas que empezaron este año. Debido al difícil contexto económico, se prevé que las negociaciones serán de difícil solución; por ello, se recomienda una estrategia ad hoc, planificada, preventiva y especializada, que controle y mitigue los efectos negativos del conflicto en pro de la relación existente entre las partes.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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