Por: Carlos Cadillo Ángeles, Socio de Miranda & Amado
Las empresas se encuentran a un mes de la terminación del plazo de adecuación a los cambios normativos que realizó el D.S. N° 001-2022-TR. Este modifica el reglamento de las leyes que regulan la tercerización de servidos, restringiendo el alcance de las actividades que pueden ser tercerizadas.
La norma entró en vigencia el 24 de febrero del 2022 y rige -desde esta fecha- para las nuevas tercerizaciones implementadas. Pero para aquellas que se encontraron vigentes a esa fecha, se fijó la posibilidad de realizar las adaptaciones que resultasen necesarias, sean societarias, organizativas, contractuales, entre otras.
El período de adecuación, aunque muy corto, era necesario considerando que se modifican reglas que existen desde el 2008, y el impacto que han generado en los negocios y las relaciones comerciales o civiles. Este vence el 22 de agosto del 2022. por lo que aún existe la oportunidad de evaluar las adaptaciones que resulten pertinentes. En este lapso, las empresas han iniciado un número importante de acciones judiciales en la vía constitucional (procesos de acción popular y de amparo) y también denuncias en la vía administrativa ante el Indecopi.
Si bien se han conocido de algunas medidas cautelares que amparan estas acciones legales. el avance y los resultados finales se conocerán tiempo después de que concluya el período de adecuación.
Por tanto, es necesario que las empresas, hayan o no iniciado estas acciones legales, evalúan las tercerizaciones y verifiquen el nivel de cumplimiento a los cambios legales. Para ello, es importante diferenciar entre empresas que realizan intermediación laboral y aquellas que realizan tercerizaciones. Identificando a estas últimas, corresponde determinar si las empresas tercerizadoras
Fuente: El Peruano