Ley de control previo de fusiones entre empresas privadas entrará en vigencia en 2020

Ley de control previo de fusiones

Ley de control previo de fusiones. El Indecopi se encargará de evaluar las operaciones y tendrá un año para prepararse. Carlos Patrón, del Estudio Payet, explica que el plazo es prudente para preparar a los funcionarios, pero será necesario un fortalecimiento institucional.

Ni el prolongado debate de la tarde de ayer, ni el planteamiento de una cuestión previa para retornar la discusión a las comisiones de Defensa del Consumidor y Economía evitaron que el Pleno del Congreso aprobara el dictamen que plantea el control de fusiones y adquisiciones empresariales.

Este se aprobó con 64 votos a favor, 20 en contra y 11 abstenciones, y entraría en vigencia en 2020 porque dará un año de plazo al Indecopi para prepararse para supervisar las operaciones.

Para que el Indecopi revise los procesos, será necesario que el valor de venta de ambas compañías en conjunto haya sido superior a 118 mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el último año fiscal. Este último valor equivale a S/495.6 millones.

También calificarán los procesos donde al menos el valor de ventas de una de las empresas sea de 25 mil UIT o S/105 millones.

Además, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) podrá opinar sobre las fusiones que se realicen entre empresas del sector financiero y dar su autorización, en tanto que la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) estará habilitada para hacerlo con operaciones de su competencia.

Preparación

Carlos Patrón, socio del Estudio Payet, explica que la norma está en línea con la práctica internacional, pero que “el tema es que Indecopi tenga la capacidad técnica y presupuestaria, y la autonomía para aplicar esta ley con tranquilidad”.

Si bien el plazo de un año sería prudente para el fortalecimiento institucional de la entidad y la preparación de los funcionarios que evaluarán las operaciones, aclaró que se debe trabajar una herramienta que asegure que en el futuro el sistema de nombramientos sea serio.

Fuente: Perú 21

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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