Ley N° 31199: Ciudadanos podrán denunciar mal uso de espacios públicos

(Foto: El Peruano)
espacios públicos
(Foto: El Peruano)

Si bien la Ley N° 31199 concede a los ciudadanos la prioridad en el uso y disfrute de los espacios públicos, también les otorgó la responsabilidad de denunciar ante la autoridad competente cualquier irregularidad en la utilización de estas áreas, como calles, plazas y playas, entre otras.

El director de Inmobilex, Miguel Cavero Velaochaga, afirmó que la Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos establece que los vecinos tienen la obligación de preservar, conservar y valorar estas áreas sin afectar o restringir el uso y disfrute a los demás ciudadanos.

Revalorización

La pandemia del coronavirus (covid-19), refirió, ocasionó que parques, plazas, playas y otras zonas se revaloricen y constituyan ahora lugares que permiten lograr el equilibrio mental y físico que resultaron afectados con la crisis sanitaria.

“Por tal motivo, resulta importante que los derechos y deberes de los ciudadanos al utilizar o acceder a los espacios públicos cuenten con una regulación clara y adecuada”, aseveró el abogado inmobiliario al Diario Oficial El Peruano.

El experto explicó que la norma define a los espacios públicos como la red de zonas abiertas, de uso y dominio público del Estado localizados en la ciudad. Por su naturaleza, se destinan al uso o afectación, a la satisfacción de necesidades colectivas, como el descanso, la recreación, la expresión cultural, el intercambio social, el entretenimiento y la movilidad de los ciudadanos, agregó.

“Es decir, según la norma, específicamente son espacios públicos las zonas para la recreación pública activa o pasiva, calles, playas del litoral, plazas, parques, áreas verdes, complejos deportivos, áreas de protección, así como todas aquellas que son definidas como tales por la autoridad competente”, detalló.

Cavero manifestó que la Ley N° 31199, en su artículo 5, ratifica “de alguna manera que la administración, regulación, mantenimiento y tutela de los espacios públicos corresponderá a la autoridad estatal más cercana, municipios distritales y, en el caso de Lima, a la Municipalidad Metropolitana”.

Del mismo modo, señaló, el artículo 6 de la norma precisa que en caso de que los espacios públicos los ocupen terceros, para su recuperación extrajudicial se ejecutará lo que rige en la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país.

El experto inmobiliario recalcó que esta norma, que se emitió para dinamizar la economía, fijó también la posibilidad de cesión de áreas públicas para proyectos que pudiera ejecutar el Estado peruano con privados.

Por tal motivo, el mismo artículo 6 de la Ley N° 31199, en concordancia con su artículo 12, “declara viable la participación de la inversión privada en los espacios públicos, mediante concurso público”.

Sin embargo, esta no podrá exceder el 15% del área total de estas zonas y deberá “estar ubicada de forma desconcentrada, permitiendo mejorar los servicios de conservación y mantenimiento de la calidad del espacio público”, afirmó.

Además, dijo, se precisa que “todo acto de administración sobre espacios públicos debe ser comunicado a la Superintendencia de Bienes Estatales-SBN y a la Contraloría General de la República en el plazo de diez días hábiles contados desde la celebración del contrato”.

Reto

Cavero resaltó que la norma representa un reto para quienes se encargan de preservar el orden público, pues –sostuvo– en estos tiempos muchos espacios públicos se utilizan para ‘manifestaciones’ culturales, políticas, sindicales, entre otros.

“Al respecto, resulta pertinente señalar que, tal como lo dispone la norma aprobada, se concede a los ciudadanos una prioridad en el uso y disfrute de los espacios públicos, así como su accesibilidad y permanencia en estos, sin discriminación y conforme a reglas de conservación”, enfatizó.

Pero a la vez, expresó, se instituyen obligaciones claras que el mismo ciudadano deberá cumplir, tales como preservar, conservar y valorar estas áreas, así como utilizarlas conforme a su naturaleza y destino.

Además, ejercerán el uso y disfrute de los espacios públicos sin afectar o restringir el mismo derecho de los demás ciudadanos. A la par, respetarán el libre acceso a estos sitios y denunciarán ante la autoridad competente cualquier irregularidad en cuanto al uso, anotó.

“Según lo señalado en la norma aprobada, esto significaría que ahora el ciudadano podría denunciar ante la autoridad la realización de hechos que contravengan su derecho de uso o acceso a los espacios públicos y hasta la interrupción de permanencia en estos”, señaló.

Estas disposiciones concuerdan con los principios del “derecho a la ciudad” que de manera innovadora la norma recogió en su artículo 2 “y que es un objetivo con el que se busca garantizar a todas las personas el acceso a todos los servicios y derechos que se aglomeran en la ciudad”, puntualizó.

Seguridad jurídica

Miguel Cavero sostuvo que otro aspecto de la Ley N° 31199, que representa una tarea importante para las entidades que gestionan y administran espacios públicos, es que esta dispone que se remitirá a registros públicos, para su inscripción, el inventario provincial de los espacios públicos con el fin de otorgar publicidad y seguridad jurídica a estos bienes.

La norma, afirmó, no solo representa un instrumento para la gestión administrativa de los espacios públicos por las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Bienes Estatales, sino que constituye también una oportunidad para cumplir y hacer cumplir los principios de la ciudadanía en las distintas localidades del país que se comparten día a día, ya que como la misma norma define “el ejercicio de ciudadanía consolida y profundiza la democracia, la cohesión social y la equidad”.

Cifra

60 días hábiles se otorgó al Ministerio de Vivienda para que apruebe el reglamento de la Ley.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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