Más de 200,000 empresas serían elegibles para otorgamiento de subsidio a planilla

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Javier Palacios, ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, explicó que se esperaría que cerca de 200,000 empresa sean elegibles para el otorgamiento del subsidio a la planilla de 35% a 55% para empleados que ganen hasta S/ 2,400 establecido en el decreto de urgencia emitido por el Gobierno el último domingo.

“En febrero de este año -antes del inicio de la pandemia- teníamos registrado a planilla electrónica que es donde se registra al trabajador formal cerca de 3′700,00 trabajadores. Hoy tenemos a 3′200,00 trabajadores, entonces esa diferencia es la que queremos apunta (con este DU) para no perder lo que ya habíamos ganado. Lo que necesitamos es todo lo que se ha construido en los últimos años se pueda recuperar aprovechándose que la reactivación ya está dando sus frutos y que desde el mes de julio, todos los meses son más los trabajadores que entran, que los que salen de la planilla electrónica”, explicó en entrevista con Exitosa Radio.

Agregó que el DU lo que pretender es ayudar a que la reincorporación de nuevos trabajadores sean la más rápido posible.

“Esperamos llegar a 350,000 nuevos trabajadores en los próximos 6 meses, lo que ayudará que los sectores más golpeados, sean los que aprovechen este incentivo. ¿Cómo se hace ello? Ya que estamos definiendo que aquellas empresas que pueden aplicar a estos subsidios aquellas empresas que han perdido más del 20% de sus ventas entre abril y mayo de este año. No es para todas las empresas van a recibir subsidio como aquellas que han aplicado ceses colectivos o estén en proceso judiciales de corrupción o que tengan deudas tributarias por encima del 10% de la UIT”, acotó.

Consideró que con este DU va a impactar en las Mypes. “No bastará con contratar, sino que tendrá que probar que estos contratos generen empleos nuevos y esto se hace comparando lo que tenías contratado al mes de octubre que acaba de terminar con lo contrates en el futuro, mirando las altas y las bajas. Eso lo debe garantizar es un efecto neto positivo en la incorporación de trabajadores y de la masa salarial. El empleador no tiene que hacer nada distinto, solo declarar la contratación, con lo cual el sistema determinará el monto del subsidio”.

“Las empresas que declaran en la planilla electrónica son cerca de 310,000 con lo que estimaríamos -con la información de setiembre- que vamos a estar por encima de 200,000 empresas las elegibles para efectos del subsidio, lo que involucra a muchas microempresas”, subrayó.

Dijo que se dará a a conocer a las empresas que son elegibles al subsidio, lo que se hará hacia finales o mitad de noviembre.

“Con la información oficial de las empresas sabremos quienes serán elegibles. Haremos un esfuerzo para dar a conocer las reglas de otorgamiento del subsidio. Ya para enero se empezará a aplicar el subsidio correspondiente”.

¿Habrá carácter subjetivo en el MTPE? No hay carácter subjetivo ya que están las reglas establecidas en el DU, dijo Palacios.

“En este caso, nos remitimos a dato objetivo de los meses de abril y mayo, información que está en la Sunat y en planilla electrónica. Hay dos formas: si contrato a plazo fijo -en adultos 35% e indeterminada 45%- pero puedo escoger. Nadie obliga a contratar a plazo indeterminado. Si se contrata a jóvenes, el porcentaje de subsidio es mayor. No que haya un riesgo, ya que la evaluación lo hará el propio trabajador”, puntualizó.

Para Carlos Cadillo Ángeles, Consejero del Área Laboral de Miranda & Amado Abogados, se incentivará la generación de nuevos empleos formales con el subsidio a la planilla. “Es una medida de promoción que no ha existido en el mercado, pero el esquema de compartir el costo -entre empresa y Estado- de la remuneración bruta de las nuevas contracciones (de aquellos trabajadores con una remuneración de hasta S/ 2,400.00) puede tener un efecto favorable”, remarcó.

El abogado refirió que hubiera sido mejor que la norma señale el mayor porcentaje del subsidio en los casos de contratación temporal ante la incertidumbre del mercado, y es conveniente que se precise el cronograma exacto de publicación de las lista de empresas beneficiadas y la oportunidad exacta en qué podrán cobrar, lo que -señaló- ayudará a tomar una mejor decisión respecto al incentivo a través del subsidio.

En otro momento, Cadillo recordó que la norma ha indicado expresamente que se considerará como fraude la contratación de trabajadores para ocupar los puestos comprendidos en suspensión perfecta de labores. Por ello, el subsidio no se aplicará respecto a los puestos de suspensión perfecta de labores. Prácticamente, la norma busca que las empresas comuniquen el retorno a laborar de los trabajadores en suspensión perfecta y respecto a los trabajadores adicionales que contrate posteriormente recién se aplicará el subsidio.

Fuente: Gestión

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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