Tal como lo adelantó el ministro de la Producción, José Luis Chicoma, ahora el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento operativo del Programa de Apoyo Empresarial a favor de las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), que ahora incluye cuatro actividades económicas del sector manufactura: fabricación de productos textiles, fabricación de prendas de vestir, fabricación de productos de cuero y conexos, e impresión reproducción de grabaciones.
Mediante Resolución Ministerial N.º 140-2021-EF/15, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se busca contribuir con las cadenas productivas en beneficio de las MYPE, a través de la ampliación de actividades económicas del sector manufactura, las cuales podrán acceder a un fondo de S/ 2,000 millones en créditos de capital con aval del Estado.
El ministro de la Producción, José Luis Chicoma, sostuvo que los micro y pequeños empresarios dedicados a estas actividades manufactureras podrán acceder al PAE-MYPE desde el próximo mes de mayo, obteniendo créditos con las tasas más bajas del mercado, muy distante al 40% o 50% que conseguían previo al programa.
“Lo importante es que tenemos un enfoque de cadena; es decir, no se ha visto a cada sector de la economía por separado. El sector manufactura necesita del sector de comercio. Los sectores tienen que conectarse entre sí: uno produce, otro comercializa y vende”, comentó el titular del Produce.
Se decidió incorporar estas actividades al PAE MYPE, pues, a pesar que formaron parte de la fase 1 de reactivación económica, lo fabricado no se podía poner a disposición del público por los cierres de establecimientos comerciales.
Reactiva Perú
Asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 139-2021-EF/15, el MEF incorporó el sistema de reprogramación de los créditos al reglamento operativo de Reactiva Perú, a favor de las empresas deudoras que hayan tenido una caída de ventas igual o mayor al 20% en el cuarto trimestre de 2020, con relación a similar periodo del año anterior.
Así, pueden acceder las empresas beneficiarias con préstamos de Reactiva Perú entre más de S/ 5 millones y S/10 millones, y que además cuenten con una garantía vigente y que sean presentadas por las empresas del sistema financiero (ESF).
Sobre el plazo de los préstamos, en el reglamento se estipula que no puede exceder los 36 meses, incluyendo el periodo de gracia que se otorgue, salvo que haya sido reprogramado por las ESF en el marco del decreto de urgencia N° 039-2021.
En este último caso, los créditos aplazados no podrán exceder los 60 meses, incluyendo el nuevo periodo de gracia adicional que se otorgue.
Fuente: Gestión