Optimizan procedimiento sancionador administrativo

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CONTRALORÍA APRUEBA DIRECTIVA

Institución regula trámites y requisitos con enfoque más garantista, afirma especialista.La Contraloría General de la República optimizó las facultades para determinar y sancionar administrativamente a los funcionarios y servidores que incurran en faltas graves o muy graves.

Fue al aprobar la Directiva Nº 010-2016-CG/GPROD, que modifica el procedimiento administrativo sancionador (PAS) por responsabilidad administrativa funcional ante infracciones graves o muy graves derivadas de los informes emitidos por los órganos del sistema nacional de control.

Esta norma, además, cumple con enunciar los principios y derechos reconocidos al administrado en relación con el ejercicio de la potestad sancionadora por responsabilidad administrativa funcional.

En esto último, garantiza el procedimiento sancionador según los principios de causalidad, debido a procedimiento, non bis in idem, presunción de licitud, prohibición de reformatio in peius o que no se podrá imponer sanciones más graves, razonabilidad, entre otros principios.

Derechos y defensa

Al respecto, el experto en derecho administrativo Willy Pedreschi Garcés explicó las innovaciones incorporadas, como la regulación de los requisitos de procedencia y competencia, que podrán ser material, temporal y personal, entre otros cambios.

En su opinión, la norma garantiza una evaluación más razonada del informe del órgano de control antes de iniciar un proceso sancionador, haciéndolo un modelo de gestión más garantista.

Importa precisar que el PAS está conformado por dos instancias con autonomía técnica. La primera, a cargo de la Contraloría, está integrada por un órgano instructor que realiza las investigaciones, propone las infracciones y sanciones. Y un órgano sancionador que impone o desestima las sanciones planteadas.

La segunda, a cargo del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, resuelve en última instancia las impugnaciones de servidores y funcionarios públicos.

La norma en comentario, de igual modo, refiere que la fase instructura tendrá una duración de 180 días y podrá ser prorrogada hasta 60 días adicionales, explicó el experto, quien también es miembro del Estudio Benites, Forno & Ugaz Abogados.

Los descargos, asimismo, se presentarán de manera individual por cada administrado, conforme a las reglas aprobadas, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado hasta por cinco días hábiles.

Mientras que la fase sancionadora tendrá una duración de hasta 30 días, contados desde el día siguiente de la recepción del pronunciamiento del órgano instructor.

En las impugnaciones, se precisa que el recurso de apelación deberá interponerse en el plazo de 15 días de notificada la sanción. Este además será revisado en segunda y última instancia por el tribunal.

También podrán apelarse los actos que produzcan indefensión al administrado, dispongan medidas preventivas, denieguen pedidos de prescripción, caducidad, o conclusión del procedimiento por el supuesto de muerte del administrado o cualquier decisión o actuación del PAS.

¿Qué es el PAS?

Es el procedimiento sancionador que comprende los actos y diligencias conducentes a la determinación de la existencia o no de la responsabilidad administrativa funcional e imposición de la correspondiente sanción, por la comisión de infracciones graves o muy graves, derivadas de los Informes emitidos por los órganos del Sistema, señala la RC Nº 129-2016-CG.

Datos

En el ejercicio de sus funciones, los servidores pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o administrativa funcional.

La responsabilidad administrativa funcional es independiente de las penales o civiles que pudieran fijarse por los mismos hechos, en tanto los bienes jurídicos o intereses protegidos son diferentes.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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