Aprueban el “Protocolo operativo para diligencias no presenciales ante los órganos de Osinergmin”
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 27-2020-OS/GG
Lima, 15 de junio del 2020
VISTA:
La propuesta de “Protocolo operativo para diligencias no presenciales ante los órganos de Osinergmin” presentada por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución N° 052-2020-OS/CD, el Consejo Directivo facultó a los órganos de Osinergmin a realizar las diligencias a su cargo en la modalidad no presencial, haciendo uso de las tecnologías de la información y comunicación que garanticen una efectiva participación de los administrados, cautelando su derecho a un debido procedimiento. Para tal efecto, se dispuso que la Gerencia General apruebe los protocolos operativos aplicables;
Que, la referida disposición fue emitida al amparo de los artículos 1 y 4 de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley N° 27658, orientados a mejorar la gestión pública y a construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, optimizando el uso de los recursos públicos; destacándose su relevancia en el contexto actual, tal como se indica en los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el COVID-19”, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, que promueven la utilización de medios virtuales, así como el uso de mecanismos no presenciales en lo que fuera posible para la entidad;
Que, asimismo, mediante Resolución N° 065-2020-OS/CD, el Consejo Directivo aprobó medidas adicionales de transparencia, entre ellas, en el numeral 3.2 se establece que las diligencias en las que se otorgue el uso de la palabra a los administrados, que se lleven a cabo en las modalidades presencial o no presencial, en todos los procedimientos administrativos a cargo de los diversos órganos de Osinergmin deben ser grabadas en soporte magnético, e incorporadas al respectivo expediente administrativo;
De conformidad con el literal a) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, y la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución N° 052-2020-OS/CD;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el “Protocolo operativo para diligencias no presenciales ante los órganos de Osinergmin”, aplicable a partir de la publicación de la presente resolución, a las diligencias que convoquen dichos órganos, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución de Consejo Directivo N° 052-2020-OS/CD.
Artículo 2°.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y, conjuntamente con el documento aprobado en el portal institucional (www.osinergmin.gob.pe).
JULIO SALVADOR JÁCOME
Gerente General
OSINERGMIN-027-2020-OS-GG-ANEXO