Ante el pronunciamiento público que las empresas operadoras Claro, Entel y Bitel hicieron hoy a través de un aviso publicado en varios medios de comunicación, y en el que se manifiestan en contra de la prohibición de la contratación ambulatoria del servicio de telefonía móvil (venta de chips), el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) manifiesta lo siguiente:
La disposición del ente supervisor de otorgar un plazo de 10 días hábiles para el cese de la contratación del servicio móvil en la vía pública (venta ambulatoria) se encuentra dentro del marco legal vigente y busca proteger los derechos y la seguridad de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, quienes se exponen a contrataciones fraudulentas, mal uso de datos personales y a información no veraz sobre sus servicios.
Esta medida se adoptó con pleno conocimiento de las empresas operadoras y luego de cinco reuniones que el OSIPTEL sostuvo con ellas –entre el 26 de junio y el 26 de agosto–, donde se mostraron todas las irregularidades detectadas en más de 100 acciones de supervisión y se puso en evidencia que es imposible controlar prácticas indebidas sobre un canal de ventas informal.
En dichas reuniones se exhortó a las empresas operadoras a que abandonen dicha modalidad de venta y se les remarcó que las contrataciones deben realizarse solo en las oficinas comerciales y puntos de venta autorizados por las empresas operadoras e informados al OSIPTEL.
La decisión del organismo supervisor se sustenta en una norma vigente –el Reglamento de Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones– que establece que la contratación del servicio público móvil debe realizarse en puntos de venta autorizados y ubicados en una dirección específica, salvo que se trate de ferias itinerantes en centros poblados rurales o la modalidad delivery.
El OSIPTEL hace un llamado a las empresas a conducirse de un modo socialmente responsable, cumpliendo con las disposiciones del regulador, que buscan evitar la informalidad y sus consecuencias riesgosas para con la seguridad de los datos personales y la seguridad ciudadana.
Cabe indicar que el OSIPTEL está a favor del empleo formal que se desarrolla cumpliendo responsablemente con toda la normativa laboral vigente. Lamentamos que algunas empresas del sector pretendan presentar como un “emprendimiento empresarial independiente” a lo que constituye en realidad la contratación de personal de ventas a quienes no se les reconoce derecho laboral alguno, tal como ha sido materia de verificación por parte de este Organismo Regulador.
Lima, 06 de diciembre de 2019