Artículo Primero.- Modificar la Resolución Administrativa N° 152-2019-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el extremo referido a que las horas laboradas en día sábado serán sujeto del descanso correspondiente conforme a la Directiva N° 003-2012-GG-PJ, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 330-2012-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, considerando los alcances del Decreto Legislativo N° 713.
Artículo Segundo.- Disponer que el personal que asista a trabajar los días sábados, no excederá del 50% de las plazas asignadas al órgano jurisdiccional; reprogramándose aquellos listados que no cumplan con esta disposición.
Artículo Tercero.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país dispondrán las acciones administrativas complementarias y pertinentes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de Cortes Superiores de Justicia del país, representantes de los trabajadores del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente
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