Para garantizar el servicio de justicia y adecuar las atenciones a la actual situación de la emergencia sanitaria ocasionada por covid-19, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso que las vacaciones judiciales de jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo del año 2021 sean efectuadas de forma progresiva.
En ese sentido, el órgano de gobierno judicial dispuso que las mismas sean ejecutadas en periodos no menores a siete y máximo de quince días, con la finalidad de mantener las labores en el Poder Judicial de manera ininterrumpida.
El CEPJ también estableció que los presidentes de las cortes superiores del país deberán programar las vacaciones respectivas de acuerdo con lo estipulado en el reglamento que aprobará el órgano de gobierno judicial.
La disposición contenida en la Resolución Administrativa Nº 357-2020-CE-PJ señala que las vacaciones programadas en los meses de febrero y marzo, en la práctica, da lugar a que los procesos judiciales puedan paralizarse durante ese lapso.
Por lo que esta modalidad genera, refiere la resolución, perjuicio para los litigantes, abogados y público en general.
Otra de las razones por la que el CEPJ tomó esta medida fue debido a la suspensión de actividades el presente año para resguardar la seguridad y salud de jueces, juezas, servidores (as) y usuarios (as) judiciales ante la emergencia sanitaria por covid-19.
Fuente: El Peruano