Pleno Jurisdiccional Nacional Penal y Procesal Penal: Jueces penales uniformizan criterios

105 MAGISTRADOS DE LAS 33 CORTES SUPERIORES REALIZAN PLENO JURISDICCIONAL EN MOQUEGUA

Un total de 105 jueces penales de los 33 distritos judiciales del país uniformaron criterios durante el Pleno Jurisdiccional Nacional Penal y Procesal Penal, realizado en la Corte Superior de Moquegua. Entre los temas debatidos, que luego fueron consensuados en conclusiones plenarias, figura la determinación judicial de la prisión en virtud de las atenuantes privilegiadas, acordándose que sí es posible imponer penas por debajo del mínimo legal en consideración de esas atenuantes.

Los magistrados también debatieron sobre la operatividad del artículo 12 inciso 3 del Código Procesal Penal, y acordaron que una sentencia absolutoria o un auto de sobreseimiento no impide que un órgano jurisdiccional realice un pronunciamiento sobre la acción civil derivada del hecho punible. Debatieron, a su vez, sobre la disposición del detenido cuando el fiscal no requiera prisión preventiva en los procesos inmediatos.

El pleno de jueces aprobó por mayoría que, en esos casos, es posible la liberación del procesado hasta la realización de la próxima audiencia, en aplicación de la ley dentro de un contexto constitucional. El encuentro fue organizado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Apuntes

Durante el encuentro, el juez supremo José Luis Lecaros Cornejo demandó a los jueces respetar los acuerdos adoptados en el pleno y aplicarlos en sus respectivas cortes.

Fuente: El Peruano


Durante Pleno Jurisdiccional Nacional Penal y Procesal Penal 
JUECES SUPERIORES ACUERDAN UNIFORMIZAR CRITERIOS EN MATERIA PENAL

 

  • Evento jurídico fue organizado en Moquegua por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

Luego de dos días de debate, 105 magistrados procedentes de los 33 distritos judiciales de país, acordaron criterios uniformes en tres temas de materia penal, durante el Pleno Jurisdiccional Nacional Penal Procesal Penal realizado en la Corte Superior de Justicia de Moquegua.

Entre los temas debatidos, que luego fueron consensuados en conclusiones plenarias, figura la determinación judicial de la pena en virtud a las atenuantes privilegiadas, acordándose que sí es posible imponer penas por debajo del mínimo legal en consideración de estos atenuantes.

Asimismo se debatió sobre la operatividad del artículo 12° inciso 3 del Código Procesal Penal, haciendo precisiones respecto a que una sentencia absolutoria o un auto de sobreseimiento no impide que un órgano jurisdiccional realice un pronunciamiento sobre la acción civil derivada del hecho punible.

También fue abordado el tema de la disposición del detenido si el fiscal no ha requerido prisión preventiva de los procesos inmediatos, por lo que el pleno aprobó en mayoría que, en estos casos, es posible la liberación del procesado hasta la realización de la próxima audiencia, en aplicación de la ley dentro de un contexto constitucional.

Este evento jurídico fue organizado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), a través del Centro de Investigaciones Judiciales (CIJ).

En la organización también participaron el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal (ETI-Penal) y la Comisión de Actos Preparatorios del citado pleno, los dos presididos por el juez supremo José Luis Lecaros.

Durante la inauguración, Lecaros Cornejo demandó a los jueces respetar los acuerdos adoptados en el pleno y replicarlos en sus respectivas cortes.

El magistrado recordó que este tipo de actividades jurídicas –cuyo objetivo es concertar importantes acuerdos y unificar los criterios en los fallos judiciales–, tienen lugar desde 1999.

Lima, 21 de junio de 2017.

(Fuente: PJ)

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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