Poder Judicial establece rol de vacaciones para el período 2022

Poder Judicial (digitalización de expedientes)

Las vacaciones de los magistrados y servidores del Poder Judicial del 2022 se programarán en dos períodos, del 1 al 15 de febrero y del 16 al 30 de diciembre, fechas en las que funcionarán los órganos jurisdiccionales de emergencia que designen las presidencias de las cortes superiores de justicia.

Mediante la Resolución N° 0413-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dictó las medidas correspondientes para el descanso de los jueces, así como del personal jurisdiccional y administrativo.

En la norma se dispuso que la magistrada coordinadora nacional del Subsistema Especializado en Extinción de Dominio remita al órgano de gobierno de este poder del Estado el rol de vacaciones de los magistrados y servidores a su cargo, según la necesidad del servicio, y señale las medidas administrativas que adoptará para el cumplimiento de los períodos correspondientes.

En las vacaciones funcionarán los órganos jurisdiccionales de emergencia que designen las presidencias de las cortes superiores de justicia del país, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo, así como atenderán exclusivamente las materias de las instancias que hagan uso de su descanso.

Así, en el tema penal verán los habeas corpus, la calificación de denuncias con detenidos, los trámites de libertades, la apelación de mandato de detención, el trámite de procesos con reos en cárcel, las homonimias y rehabilitaciones.

Garantías

En materia civil atenderán las acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso, mientras que en familia verán las consignaciones de alimentos, autorización de viajes de menores, violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, y tutela de menores en abandono y menores infractores.

Se suman las medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el equipo multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional, entre otros, como las consignaciones laborales.

Expedientes

Durante las vacaciones, en la Corte Suprema de Justicia de la República la Sala Penal Permanente continuará su atención a los expedientes a su cargo, así como las situaciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria.

Una mesa de partes recibirá asuntos correspondientes a las materias civil, penal y de derecho constitucional y social. Mientras, funcionarán también la Sala Penal Especial y el Juzgado de Investigación Preparatoria, precisa la resolución del CEPJ.

Sin récord

Los jueces y personal jurisdiccional y administrativo que no tengan el récord laboral exigido no saldrán de vacaciones y conformarán los órganos jurisdiccionales de emergencia.

Los magistrados y servidores que trabajen del 1° al 15 de febrero y del 16 al 30 de diciembre del 2022 harán uso de sus vacaciones del 16 de febrero al 2 de marzo y del 1° al 15 de diciembre del 2022, respectivamente.

Fuente: El Peruano

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Resolución N° 0413-2021-CE-PJ

RESOLUCION+ADMINISTRATIVA-000413-2021-CE

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Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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