En acatamiento a lo establecido por el Gobierno, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso prorrogar la suspensión de las labores de la institución y los plazos procesales y administrativos por el término de trece días calendario, a partir de mañana 31 de marzo del 2020.
La disposición está contenida en el Acuerdo N º 492-2020 de la vigésima primera sesión extraordinaria realizada en forma virtual por los miembros del CEPJ, en uso de sus atribuciones conferidas.
El CEPJ ordena, asimismo, que los presidentes de las cortes superiores de justicia del país emitan las medidas pertinentes para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales designados.
Lo acordado es en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM, que prorroga el estado de emergencia nacional por el plazo de trece días calendario, a partir del 31 de marzo del año en curso, disponiendo la continuación del aislamiento social obligatorio (cuarentena) como consecuencia del covid-19.
Al respecto, lo dispuesto recientemente por el CEPJ pretende salvaguardar la salud y el bienestar de los jueces, funcionarios y personal auxiliar, así como de los abogados y del público en general.
Debe señalarse que mediante Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ del 16 de marzo del 2020, el CEPJ suspendió las labores del Poder Judicial por quince días en acatamiento al estado de emergencia nacional.
Órganos de emergencia
El CEPJ estableció, además, que los jueces designados en los órganos de emergencia solo atenderán casos graves y urgentes mencionados en la Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ, los cuales asistirán a sus despachos cuando sean requeridos.
Asimismo, entre otras medidas administrativas, fueron convertidos los juzgados penales de emergencia, conformados por R. A. N º 115-2020-CE-PJ a juzgados mixtos de emergencia para ver materias penales y no penales graves y urgentes.
Además, el Poder Judicial dispuso el funcionamiento de la Sala Penal Transitoria, Sala Penal Especial y Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema para atender asuntos urgentes con requisitoriados y detenidos, así como otras medidas urgentes.