Poder Judicial suspende plazos procesales hasta fin de febrero

Poder Judicial

A partir de la fecha, el Poder Judicial dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y sedes ubicados en las provincias consideradas por el Gobierno en el nivel de alerta extrema.

Se trata de Utcubamba, El Santa, Arequipa, Camaná, Islay, Caylloma, Abancay, Huamanga y Lima Metropolitana, Cutervo, Canchis, La Convención, Huancavelica, Huánuco e Ica. También las provincias de Pisco, Chincha, Huancayo, Tarma, Yauli, Chanchamayo, Huaura, Cañete, Barranca, Huaral, Maynas, Ramón Castilla, Ilo, Pasco, Puno, Tacna, y la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo con la R. A. Nº 014-2021-P-CE-PJ

Así, entre las principales medidas que regirán en las cortes de las referidas provincias figuran la suspensión del trabajo presencial y el establecimiento del trabajo remoto de ocho horas diarias, el cual se realizará según el reglamento Trabajo remoto en los órganos administrativos y jurisdiccionales del Poder Judicial.

La judicatura dispuso, asimismo, que todas las audiencias sean virtuales según la normativa dada para el efecto y, en caso de no contar con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables, o ante casos de urgencia y emergencia, de forma excepcional, serán de modo presencial.

Respecto a las notificaciones, todas deberán ser electrónicas mediante el Sistema de Notificaciones Electrónicas (Sinoe), pudiendo efectuarse de manera física según lo establece la ley, luego de levantadas las restricciones sanitarias.

Asimismo, el órgano de gobierno judicial dispuso que, del 15 al 28 de febrero, los órganos jurisdiccionales y administrativos de los departamentos con alerta moderado, alto y muy alto mantendrán dos modalidades de trabajo: el presencial interdiario (de 9:00 a 14:00 horas) y remoto de ocho horas diarias.

En tanto, los titulares de las cortes superiores, de acuerdo a la ubicación geográfica, podrán establecer además los siguientes horarios: a) de 8:00 a 13:00, y b) de 7:00 a 12:00 horas, respectivamente; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

De igual manera, reguló que la presidencia de la Corte Suprema y de los distritos judiciales tomarán las medidas para priorizar el trabajo remoto, siempre y cuando las capacidades tecnológicas y logísticas lo permitan. Asimismo, decretó que los juzgados de paz de los distritos judiciales del país brinden el servicio de justicia en las competencias y/o funciones señalados en las R. A. N° 181 y N° 215-2020-CE-PJ.

En los tres niveles, todas las audiencias deberán ser virtuales y de manera excepcional serán de modo presencial, siempre y cuando no existan las condiciones del caso.

Por último, el Poder Judicial dispuso el reinicio de los plazos procesales y administrativos donde estaban suspendidos por figurar en nivel de alerta extremo y que han variado su condición a nivel de alerta alto, muy alto o moderado, con excepción de las provincias que continúan en el nivel de alerta extremo.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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