Produce: Empresas de las fases 1 y 2 solo deberán registrar el Plan de Vigilancia, Prevención y Control en el SICOVID-19 del Minsa

sicovid-19

El Ministerio de la Producción hizo de conocimiento a los gremios empresariales, empresas y comunidad en general, que, a partir de la fecha, las empresas pueden reiniciar sus actividades de manera automática con el registro de su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo» en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.

De esta manera, se ha simplificado el procedimiento, por lo cual ya no es necesario el registro de las empresas ante el Ministerio de la Producción en el enlace www.gob.pe/registroempresarial, tanto para las actividades autorizadas de la Fase 2 como de la Fase 1, incluyendo aquellas que no han iniciado el trámite o que estén tramitando actualmente su registro.

Asimismo, precisar que las personas naturales con negocio no necesitan registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el SICOVID-19 del Ministerio de Salud.

Ello en el marco del Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, que da inicio a la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

22 Comments

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  1. Brindo el servicio de elaboración y registro del plan COVID-19 además de asesoría profesional post-registro en la plataforma MINSA para evitar la suspensión o cancelación del registro, puede cotizar y consultar al 990240043 o al correo: consultoria.sig.aqp@gmail.com.
    (Asesoría profesional)
    Ingeniería industrial UNSA, diplomado de supervisión en seguridad industrial y minera, curso de alta especialización en sistemas integrados de gestión TECSUP.

  2. soy odontologo y trabajo como persona natural y no juridica y ademas trabajo solo, entonces no necesito presentar mi plan de vigilancia al minsi pero si tenerlo , ¿es toy en lo cierto?

    • No necesitas el registro de un Plan de Vigilancia, sin embargo sí necesitas realizar uno seguido del protocolo de atención y prestación de servicio que das como persona natural. En ese plan necesitar agregar el presupuesto que tienes en mente para atender y prestar servicios durante el tiempo de pandemia, en él establecerás todo material y productos nuevos que te ayudarán a vigilar, controlar y preveer el COVID19. Tu plan debe seguir y tener los lineamientos establecidos como los decretos supremos de acuerdo al área de ejercicio profesional en que te encuentras.

    • El plan que tienes que crear es de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Gobierno en el sector de Comercio. Siempre que tus empleados estén en planilla, debes colocarlos en la nómina del plan que realizas. De acuerdo a que sólo laboran 3 personas como máximo, no es necesario que contrates a un profesional médico con especialidad ocupacional, ni cuentes con un local específico para atenderlos en caso se contagien, pero sí seguir otros lineamientos y protocolos de acuerdo a tu actividad y el sevricio específico que prestas.

  3. una consulta la empresa realiza trabajos de mantenimiento electrico para empresas privadas a que sector tenga que marcar al ingresar al Ssitema del Minsa

  4. una pregunta si ingrese mal al sistema del Minsa mi plan de vigilancia todavia esta como INGRESADO – NUEVO, puedo chancar esa informacion y volver a cargar en el sistema

  5. FAVOR SU APOYO COMO REGISTRAR EL PLAN DE VIGILANCIA EN EL SICOVID PARA EMPRESA DE TRANSPORTES DE NUEVA???
    SE TIENE QUE SOLICTAR AUTORIZACION A SU SECTOR CORRESPONDIENTE??

  6. en la pagina mencionada te piden Código de autorización del Sector (ver foto de portada), si de acuerdo a la nueva normativa , ya no es necesario el permiso del sector entonces de donde sacamos el código?? para poder registrar el plan???

  7. Buen día quiero saber si una microempresa tiene que estar registrada en el MINSA para el plan de vigilancia, prevención y control del COVID 19 le agradeceré su respuesta.

  8. Como se registra en sicovid? primero produce es la que da la clave de autorizacion que justo aparece en la imagen de este articulo y si ya no se registra en produce no la envian. Segundo de ingresar en otro sector para plantilla y lineamientos cuando colocamos la actividad esencial y se desea llenar los datos, resulta que en el renglon de nombres y apellidos no permite que se escriba………..Entonces como se supone que se envia el plan de lineamientos? deben acomodar la pagina de sicovid

  9. Soy persona natural con negocio de restaurante, cual es el procedimiento para reiniciar actividades ya que según el comunicado no tengo que hacer ningún registro.
    Quedo a la espera de sus comentarios.

  10. Se refieren a qué personas naturales solamente no para personas naturales con negocio,ellos hicieron una corrección en un comunicado que envía produce,que por error involuntario en le comunicado del 5 de junio debe decir solo personas naturales.
    Que significa esto que personas naturales sin ruc ,pueden abrir sus negocios y tener su plan cuando reciban la visita de control ,jajaja más bien ponen trabas a los formales que desean registrar su plan,incluso exijen un código que ellos deben habilitar te ,y es más difícil obtener ese código,deberían uds hacer un reportaje sobre los expertos que hacen esto,porfavor podrían explicar bien sí esto de que no se necesita presentar plan al minsa está aún vigente ,soy persona natural y la verdad es muy dificil.para mi,y para varias personas tratar de ingresar a su plataforma para registrar el.plan,haciendo que las empresas que ofrecen hacer planes y registrarte estén aprovechándose de inocentes

  11. tengo una vidrieria y hago servicios de instaciones de ventanas y otros que tengo que hacer para reabrir mi negocio soy persona juridica

  12. Estimados Amigos, Como es vuestro conocimiento, El Gobierno a través del Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM y recientemente el Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM , ha Aprobado la Reanudación de las Actividades Económicas de forma gradual y progresiva, dentro del marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional; por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del Covid-19
    Dentro del citado documento se establece la obligatoriedad de que cada empresa o institución comercial (que se encuentre inicialmente permitida), previo al inicio de sus actividades, deberá elaborar su “Plan de Vigilancia, Prevención y Control del Covid’19”.
    Este Plan para las empresas con personaría JURIDICA, hasta antes de la Resolución Suprema Nº 101-2020-PCM, era obligatorio presentarlo ante el Sector o Ministerio correspondiente, quienes lo evaluaban y lo aprobaban para luego al día siguiente, otorgarles un código de 4 cifras, que debían utilizarlo para presentar el mismo plan al MINSA; ahora se ha simplificado los tramites y solo deben presentarlo al Ministerio de Salud (saludtrabajo.minsa.gob.pe), acortando así los tramites engorrosos que existían.
    Respecto a las empresas con personería NATURAL, están de acuerdo a la ultima norma no están obligadas a presentarlo al Ministerio de Salud (lo que no los exime de contar con su respectivo Plan de Vigilancia, para presentarlo a los órganos de fiscalización de las municipalidades).
    Si necesitan PROTOCOLOS para elaborar su Plan de diversos giros comerciales; o un MODELO de PLAN que les sirva de guía…pueden visitar sin compromiso la siguiente pagina https://www.covid-19-plan-vigilancia-asesoria.site/home
    o llamar a los teléfonos 934883877 – 3011657

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