Ramos y Espinosa-Saldaña no se inhibirán en el TC

Los integrantes del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Ramos Núñez y Eloy Espinosa-Saldaña, no se inhibirán de la demanda competencial que presentará la Comisión Permanente ante ese organismo por la disolución del Congreso, pese al adelanto de opinión.

Descartado

El magistrado Carlos Ramos aseguró que no se apartará del caso. “No, de ninguna manera (se va a inhibir). Hasta el día de ayer (viernes), el expediente no había ingresado; es decir, no estamos hablando de una causa que tenga lugar efectivo. Estamos hablando de una especulación”, expresó.

Ramos Núñez argumentó en RPP que lo único que hizo fue leer dispositivos legales, así como citar el artículo 109 del Código Procesal Constitucional.

Como se recuerda, Ramos Núñez afirmó que la decisión del presidente Martín Vizcarra de disolver el Congreso «no resultaría un golpe de Estado»; sin considerar que el caso ahora llegará a la institución que integra.

Además, descartó que puedan ser recusados, como lo quiere hacer el congresista Salvador Heresi (Contigo).

“La Ley orgánica, el Código Procesal Constitucional y el reglamento del Tribunal Constitucional lo único que acepta es la figura de la inhibición”, resaltó.

NEGACIÓN

En tanto, su colega Eloy Espinosa-Saldaña marcó una postura similar y descartó un adelanto de opinión.

“En realidad, cuando un juez signa todas las exposiciones sobre el caso, lo que hace es describir qué posibles problemas pueden haber de legitimidad, quién puede plantear la demanda o contra quién se puede plantear la demanda. Eso no es adelantar opinión. Está diciendo cuáles son los planteamientos de la demanda», manifestó.

Hace una semana, el magistrado advirtió que en la doctrina es un «tema polémico» inferir que la cuestión de confianza fue denegada al no haber una decisión de manera expresa.

«(…) Hay otros que dicen que para que una cuestión de confianza se materialice en su denegatoria, tiene que ser expresamente en una votación que diga no. Esa es una discusión que se hace sobre el asunto, opinable jurídicamente”, adelantó.

Ahora, Espinosa-Saldaña sostiene que para un adelanto de opinión tendría que ser un caso donde se vea el fondo de la controversia.

“No he dicho en ningún momento que el Congreso está disuelto o está mal disuelto, ni que esto sea un golpe de Estado. Yo no he dicho eso. Yo he presentado los problemas para la interposición de una demanda y eso está muy lejos de ser un adelanto de opinión”, aclaró.

Fuente: Correo

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Aplicación de la Carta Democrática de la OEA en el caso peruano

Pedro Olaechea y demás congresistas fueron denunciados por presunta usurpación de funciones