Regiones asumen nuevas funciones en materia de salud (Ley Nº 31226)

Regiones asumen nuevas funciones en materia de salud (Ley Nº 31226)

En adelante, los gobiernos regionales mediante sus direcciones o gerencias regionales de salud tendrán a su cargo, entre otras, las acciones de promoción de la salud, la vigilancia y control de estos servicios para la prevención de enfermedades, de acuerdo con la Ley Nº 31226.

La norma, además, ratifica al Ministerio de Salud como la autoridad del sector en todo el país y que, como ente rector, tiene por finalidad la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, así como la recuperación y la rehabilitación de la salud de la población.

Por tanto, también encarga a las regiones la incorporación del curso de salud preventiva en el plan curricular educativo sobre estilos de vida saludable para la prevención y control de enfermedades como tema transversal.
Asimismo, la priorización de la investigación social que permita ejecutar programas de intervención, para promover los cambios de conductas en las familias y redireccionar la labor de salud comunitario.

Finalmente, en coordinación con las regiones, se priorizará la ejecución de programas de inversión pública transversales o multisectoriales, a través de alianzas público-privadas, obras por impuestos, entre otros, sobre estas nuevas funciones.

Fuente: El Peruano


Ley Nº 31226

Ley Nº 31226

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Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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