Registro de Suspensión Perfecta de Labores

Conforme al numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 038-2020, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo pone a disposición la plataforma virtual en la cual las empresas registran su solicitud de suspensión perfecta de labores en el marco de la establecido en el citado Decreto de Urgencia.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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Suspensión Perfecta de Labores no aplica a empresa con incentivos tributarios, subsidios a planilla y Reactiva Perú

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