La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) indicó hoy que aprobó la normativa que establece que las compañías de seguros reporten periódicamente información para el desarrollo de la base de datos de las pólizas y certificados del seguro de vida obligatorio denominado “Vida Ley”. Así lo estableció a través de la Circular N° S-671-2020, publicada hoy en el Diario Oficial.
El objetivo de esta medida es obtener información detallada sobre los contratantes (empleadores), trabajadores y ex trabajadores, así como sobre la siniestralidad de este tipo de seguro.
Cabe indicar que se trata de un seguro obligatorio regulado por el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y sus normas modificatorias.
De esta manera, la SBS dijo que se podrá contar con información apropiada y oportuna para la supervisión de las aseguradoras.
También se promoverá una mejor conducta de mercado y la transparencia de la información, en beneficio del asegurado y público en general.
Cabe destacar que esta circular incluye anexos de reporte de información de contratantes, asegurados, reservas (obligaciones de pago futuras a los asegurados) y siniestros del seguro denominado Vida Ley.
Fuente: Andina
Circular N° S-671-2020