Con el objetivo de mejorar el actual marco legal del sector seguros, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) pre publicó hoy el proyecto de reglamento de rentas particulares y otros seguros de vida con componentes de ahorro y/o inversión.
En esta propuesta de reglamento se desarrollan lineamientos aplicables a estos productos de seguros, incluyendo aspectos relacionados a las prácticas de negocio y su diseño comercial, la transparencia de información hacia el asegurado y hacia el público en general, el reconocimiento de reservas y requerimientos patrimoniales asociados, la gestión de las inversiones que los respaldan, entre otros.
Dentro de los tipos de seguros de vida con componente de ahorro y/o inversión se encuentra el producto de renta particular, mediante el cual se entrega al asegurado o a sus beneficiarios una renta periódica por un tiempo determinado, que ha experimentado un importante crecimiento en los últimos años.
Entre los principales aspectos del proyecto de reglamento, destacan el desarrollo de principios, políticas y procedimientos referidos a la oferta, promoción y gestión de los productos bajo el alcance de la norma.
Como parte de ellos, se dispone que los nombres comerciales de estos seguros de vida sean expresados en un lenguaje sencillo y claro para el entendimiento de los usuarios, sin generar falsas expectativas respecto de sus condiciones o beneficios ni inducir a error respecto a su naturaleza o al perfil de riesgo asociado.
Además se plantea como obligación que las empresas cuenten con información suficiente y relevante para el contratante al momento de ofrecerlos, para lo cual deben considerarse las necesidades e intereses de los usuarios, así como los niveles de conocimiento sobre estos productos y su nivel de tolerancia al riesgo.
Se propone la identificación de los componentes que corresponden al ahorro o la inversión del asegurado dentro de los productos materia del reglamento, separándolos de aquellos componentes asociados a la cobertura de riesgos de seguros.
Dicha identificación debe realizarse tanto en la gestión financiera y de riesgos de las empresas, como en la información que estas brindan al público y a los usuarios.
También se desarrolla la información adicional que deben contener las pólizas y los estados de cuenta de estos productos, en los cuales se deben considerar los conceptos que son cargados y abonados a los usuarios por cada componente, así como los cargos efectuados y las condiciones y variables consideradas para determinar su valor.
Estado de cuenta
Se establece que las empresas deben remitir o poner a disposición del asegurado un estado de cuenta actualizado sobre los valores de cada una de las cuentas que le pertenecen, a partir de los componentes propios de la cobertura de riesgos de seguros y de los componentes de ahorro o de inversión asociados, el cual debe mostrar la tasa de interés o de retorno efectiva anualizada obtenida (TIR), desde de la fecha de origen hasta la fecha de cierre.
Y en el caso de los componentes de inversión, debe presentar el valor y las variaciones en el número de cuotas a favor del asegurado, así como información sobre el portafolio de inversión.
De otro lado, el proyecto plantea que los pasivos que corresponden a los componentes de ahorro y/o de inversión se encuentran sujetos al cálculo de requerimientos por margen de solvencia y fondo de garantía bajo los mismos parámetros establecidos para los seguros de vida individual y rentas.
Por su parte, para los componentes de inversión cuyo riesgo financiero es asumido completamente por el asegurado, no aplica el cálculo del margen de solvencia, sino que se establece un requerimiento de fondo de garantía.
El proyecto de reglamento estará disponible en el portal de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/normativa-y-estandares/normativa/prepublicacion-de-proyectos-normativos) hasta el 23 de marzo para comentarios y sugerencias.
Fuente: Andina