La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales dio trámite a la denuncia formulada por la Fiscal de la Nación Liz Patricia Benavides Vargas, contra tres exministros del régimen que condujo el expresidente Pedro Castillo Terrones, por los delitos de coautores en contra de los Poderes del Estado en la modalidad de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y delito de grave de perturbación de la tranquilidad pública.
La Denuncia Constitucional N° 328 fue en contra, en primer lugar, del expresidente Castillo Terrones, pero en razón del acuerdo del Pleno del Congreso del último domingo concretado en la Resolución 002, que da cuenta del levantamiento de su inmunidad presidencial por los mismos delitos, no da lugar a una nueva denuncia.
El informe de calificación señala que “se aplica y opera la sustracción de la materia, por lo que carece sentido admitir pronunciamiento con respecto a la denuncia constitucional en los extremos contra Castillo Terrones en su condición de Presidente de la República, como presunto autor del delito contra los Poderes del Estado, rebelión, alternativamente del delito de conspiración y presunto autor del delito contra la administración pública, abuso de autoridad y por el delito grave de perturbación de la tranquilidad pública”.
En tal sentido, el informe de calificación, aprobado por mayoría, declara admitir a trámite procedente al haber cumplido los requisitos de criterios exigidos por el Reglamento del Congreso de la República contra los exministros Betssy Betzabet Chávez Chino, expresidenta del Consejo de ministros; Willy Arturo Huerta Olivas, en su condición de exministro del Interior; y del exministro Roberto Helbert Sánchez Palomino, exministro de Comercio Exterior y Turismo.
Puesto al voto, el informe en referencia obtuvo 14 votos a favor, tres en contra y ninguna abstención.
De otro lado, la SCAC, aprobó el informe de calificación de archivamiento de la Denuncia Constitucional N° 227 formulada por el ciudadano José Luis Ancalle Gutiérrez contra la expresidenta del Congreso, María del Carmen Alva Prieto, (AP), y el congresista Jorge Montoya Manrique, (RP), por la presunta infracción constitucional y comisión de delitos de conspiración para una rebelión, sedición y grave perturbación de la tranquilidad pública.
De acuerdo al informe, el denunciante que sustenta su denuncia en la publicación de un medio de comunicación, no cumple con todos los requisitos de admisibilidad porque la persona que la formula no es la agraviada por los hechos que imputa no ha podido mostrar medio probatorio objetivo que le ha significado perjuicio en contra de sus derechos o intereses.
Por esa razón el referido documento de calificación planteó su declaratoria de improcedencia, lo que puesto al voto fue aprobado en forma unánime por 17 votos a favor.
Finalmente, fue visto el informe de calificación de la Denuncia Constitucional N° 311, formulada por el ciudadano Pedro Julio Roca León, contra la Fiscal de la Nación, Liz Patricia Benavides Vargas, por la supuesta comisión de los delitos de omisión de actos funcionales y de denuncia.
De acuerdo al informe no cumplía con los criterios de calificación y porque el denunciante, no es el directamente el agraviado. Puesto a votación, se aprobó el archivamiento de la denuncia por 16 votos a favor, una en contra y una abstención.