Los empleadores deben habilitar e ingresar periódicamente a su casilla electrónica, alojada en la página web de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil): www.gob.pe/sunafil, de lo contrario podrían incurrir en una obstrucción a la labor inspectiva. Así lo reveló la entidad supervisora, por lo que exhorta a los empleadores a cumplir con estas obligaciones.
Notificación
Por medio de la casilla electrónica, la Sunafil notifica documentos sobre requerimientos de información y de comparecencia, los cuales deben responderse para que no se genere una obstrucción a la labor inspectiva, infracción considerada muy grave.
Asimismo, mediante la casilla electrónica se notifican las resoluciones de multa, cuyos plazos para impugnar podrían exceder, en caso el empleador no haya visto la notificación enviada. Por ello, constituye una obligación de todo empleador no solo revisar periódicamente su casilla electrónica, sino también mantener operativo el correo electrónico, consignado al momento de la activación de esta, indicó la Sunafil. Además, informó que el empleador debe considerar que la notificación en la casilla electrónica surte todos los efectos legales, como si fuera efectuada en el domicilio real y/o procesal.
Para ingresar, el empleador solo necesita colocar su clave SOL y actualizar sus datos de contacto como correo electrónico y celular.
Actuaciones
Mediante el uso de la casilla electrónica, la Sunafil ya envió 1,762 resoluciones de primera y segunda instancia a empleadores de Lima y provincias.
A su vez, por medio de esta herramienta tecnológica la entidad fiscalizadora también difundió más de 94,000 comunicaciones relativas a las medidas implementadas en el marco del Plan de Vigilancia, Prevención y Control de Covid-19 en el Trabajo, lo cual involucra a más de 2 millones de trabajadores.
Por último, indicó que con el uso de la casilla electrónica ya remitió 830,000 comunicaciones a las empresas sobre diversos temas, como: prevención del hostigamiento sexual laboral, implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), el comité y el supervisor de SST, así como sobre el ABC de la SST en tiempos del covid-19.
Fuente: El Peruano