Sunarp aprueba la expedición del certificado literal de partida registral con firma electrónica a través del SPRL

Sunarp aprueba la expedición del certificado literal de partida registral con firma electrónica a través del SPRL
(Foto: Andina)

A partir del próximo lunes 8 de junio, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos anunció que habilitará, a nivel nacional, la solicitud y emisión de certificados literales de partidas registrales con firma electrónica y código de verificación mediante el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL).

Señaló que así, los usuarios podrán tramitar, pagar y recibir certificados literales de los registros de predios, personas jurídicas y personas naturales sin necesidad de acudir a una oficina registral, evitando poner en riesgo su salud, la de sus familiares y cumpliendo la cuarentena dispuesta por el Estado.

Informó que la implementación de este nuevo servicio utilizando los canales digitales de la Sunarp se enmarca en la fase 2 del plan de reactivación económica, que viene desarrollándose dentro de la extensión del estado de emergencia nacional establecido para contener el avance del covid-19.

Como se sabe, mediante el certificado literal de partidas registrales, el ciudadano accede al contenido de la información registral de un determinado registro jurídico. Con la incorporación de este trámite al SPRL, el usuario recibirá en su correo electrónico y en el lugar donde se encuentre, el certificado literal expedido por la Sunarp refrendado con firma electrónica, lo que constituye un salto cualitativo en la prestación de los servicios de publicidad registral.

Otras ventajas

Destacó que además de las ventajas señaladas, con este procedimiento se evitan casos de falsificación al tratarse de un documento expedido con firma electrónica, cuya autenticidad puede verificarse en el portal institucional de la Sunarp usando el código de verificación que se consigna en el documento.

“Otro de los beneficios que conlleva esta importante innovación es que permite que el mismo certificado sea replicado para distintas instituciones o personas interesadas, evitando tener que solicitar varios ejemplares del mismo, lo que genera un ahorro económico significativo”, explicó el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Harold Tirado, quien agregó que con la medida se busca descongestionar las oficinas registrales, ya que la expedición de certificados literales es uno de los servicios de mayor demanda en el registro.

Detalló que los usuarios pueden acceder al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) mediante la página web de la Sunarp (www.sunarp.gob.pe) o la aplicación móvil App Sunarp. Para ello, deben crear un usuario y pagar con tarjeta de débito o crédito Visa.

Dato

Asimismo, de acuerdo con la Resolución N° 058-2020-SUNARP/SN, publicada en el Diario Oficial El Peruano, la emisión de certificados literales de partidas del Registro de Bienes Muebles a través del SPRL estará a disposición del público usuario a partir del 1 de julio de 2020.

Fuente: Andina

Resolución Nº 058-2020-SUNARP-SN

Resolución Nº 058-2020-SUNARP/SN

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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