SUNAT amplía el uso del expediente virtual para procedimientos

Sistema Integrado del Expediente Virtual

A partir del 1° de enero del 2020, la Sunat incorporará al Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV), los expedientes electrónicos de los procedimientos de fiscalización definitiva y parcial distinto al regulado en el artículo 62-B del Código Tributario.

De igual manera, los expedientes electrónicos de los cruces de información, así como la presentación de escritos y solicitudes electrónicas relativos al procedimiento de fiscalización y al cruce de información.

Esto en aplicación de la Resolución de Superintendencia N° 262-2019/SUNAT que modifica la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT.

La norma modificatoria también introduce cambios a la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT para permitir que mediante Sunat Operaciones en Línea se consulte el estado de los expedientes electrónicos, se acceda a ellos y se presenten escritos y solicitudes.

No obstante, los escritos electrónicos y sus adjuntos para atender requerimientos en un procedimiento de fiscalización o en un cruce de información podrán ser presentados mediante Sunat Operaciones en Línea desde el 1° de febrero del 2020 y, por medio de USB, en la mesa de partes de las dependencias de la Sunat o al agente fiscalizador desde el 1° de mayo del 2020, indicó el tributarista Percy Bardales al comentar la norma modificatoria.

Solicitudes

La presentación de solicitudes electrónicas para el acceso a expedientes de cruces de información y expedientes de fiscalización en trámite estará disponible desde el 1° de mayo del 2020, comentó Bardales, que labora como socio de litigation tax services de EY en el Perú.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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