Esta semana la Sunat anunció que las entidades financieras deberán entregarle la información de las cuentas de clientes y empresas con saldos iguales o mayores a S/10,000, con el fin de evitar la evasión y elusión fiscal.
Sin embargo, el intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer de la Cruz, ha explicado que la entrega de información financiera no implicará que necesariamente exista una evasión o elusión. Los datos solo servirán para cruzar información con las declaraciones que se hayan presentado.
«Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va hacer la Sunat -primero- es preguntarle al contribuyente, cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000. Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat», comentó en RPP Noticias.
Pero, si no he emitido ninguna declaración ante la Sunat, ¿cómo debo demostrar el origen y legalidad de mis depósitos?
«Una persona con ciertos parámetros de responsabilidad podría prever todos los escenarios y tener un respuesta fidedigna para la administración tributaria (para justificar el origen de un depósito superior a los S/ 10,000). El problema es que la Sunat no se queda contenta o satisfecha únicamente con el dicho, sino que pide pruebas», dijo Renzo Grandez, tributarista del estudio Payet, a Gestión.
El especialista indica que es probable que pidan documentos que el contribuyente probablemente no tenga a la mano, por ejemplo: Si el dinero que se encuentra en su cuenta de ahorros es producto de los intereses generados por un préstamo entonces le pedirán el contrato, o si el monto corresponde a la donación un inmueble le pedirán la escritura pública.
«Ahí radica el problema, si bien la Sunat va a tener una mayor posibilidad de pedir información a los contribuyentes, este no está acostumbrado al cumplimiento de estas formalidades», señala.
Si el dinero ahorrado en su cuenta es producto de años de trabajo, el experto señala que si el empleo fue formal hay manera de probarlo ante la Sunat.
“Si es dinero ahorrado en función a mi trabajo, sí tengo como probarlo, porque ese dinero ha tributado -si es que he trabajado para una empresa- tengo como agenciarme con documentación fehaciente que acredite el origen de ese dinero”, señala.
Pero en el caso de los trabajadores informales el caso es distinto pues al no tener un comprobante de pago «la Sunat va a poder cobrarle a este contribuyente todo lo que dejó de pagar al fisco».
Fuente: RPP