Sunat especifica los documentos que notificará de manera virtual

Sunat especifica los documentos que notificará de manera virtual

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) especificó los documentos que notificará de manera virtual a los contribuyentes que cuenten con buzón electrónico. Estos son órdenes de pago, resoluciones de multa, fraccionamiento, devolución y de ejecución coactiva, así como levantamiento de medidas de embargo y liberación de fondos de detracciones. También, resoluciones de determinación de fiscalización, de inscripción en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos y de inscripción en el Registro de Proveedores de Servicios Electrónicos. Podrá notificar, de igual manera, resoluciones de refinanciamiento del saldo de la deuda tributaria acogida a un aplazamiento y/o fraccionamiento.

Lineamientos

Las notificaciones de estos documentos se considerarán efectuadas y surtirán efecto al día hábil siguiente a la fecha del depósito del documento en el buzón electrónico, informó la Sunat en su reciente boletín electrónico.

No obstante, excepcionalmente las notificaciones de resoluciones que ordenen trabar o levantar medidas cautelares, entre otras, surtirán efecto el mismo día del depósito, agregó.La administración tributaria sugiere a los contribuyentes tener en cuenta que la constancia de la notificación electrónica acredita el depósito del documento o comunicación informativa de los diversos actos administrativos, que pueden ser impresos desde el Buzón SOL.Para acceder a la modalidad de notificación electrónica, los contribuyentes deben ingresar a Sunat Operaciones en Línea, su Clave SOL, la cual se obtiene al momento de inscribirse al RUC.

Así, podrán consultar periódicamente y tomar conocimiento de las notificaciones enviadas al buzón electrónico.Con este medio se facilita el acceso a la información vía internet desde cualquier dispositivo móvil o tableta, a cualquier hora del día y desde cualquier lugar, indicó la entidad recaudadora.

Finalidad

La Sunat tiene como finalidad primordial administrar los tributos del gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que se le encarguen por ley o de acuerdo con los convenios interinstitucionales que se celebren; proporcionar los recursos requeridos para la solvencia fiscal y la estabilidad macroeconómica; asegurar la correcta aplicación de la normatividad que regula la materia.

Principios

La Sunat ejerce sus funciones aplicando sus propios criterios técnicos, preservando su independencia y estabilidad institucional, actuando de manera justa, recta e íntegra.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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