IMPONE al investigado CARLOS MANUEL SAENZ LOAYZA las obligaciones consistentes en: a) La obligación de no ausentarse del lugar en que residen sin autorización del Ministerio Público y de presentarse ante la autoridad jurisdiccional el primer día hábil de cada mes a efectos de registrar su firma y de concurrir a la autoridad fiscal y judicial las veces que sea citado; b) La declarado como testigos dentro de la presente investigación -a nivel de la investigación preliminar e investigación preparatoria propiamente-; y, la prestación de caución ascendente a la suma de CINCUENTA mil soles, la cual podrá ser cubierta por bienes reales o suma en efectivo que debe ser depositada en el Banco de la Nación a los tres días hábiles de haber adquirido firmeza la presente resolución.
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