La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de la mujer
Miguel Cavero Velaochaga
(Director de Inmobilex).
Cada 8 de marzo es el Día Internacional de la Mujer, pero poca es la reflexión sobre sus derechos patrimoniales como tales. Anna Kaijser, en “Las Mujeres y el Derecho a una Vivienda Adecuada” (ver: https://bit.ly/2VQG7A6) señala que “una vivienda inadecuada hace que las mujeres sean más vulnerables a la violencia…” y que ”la falta de viviendas disponibles y las dificultades culturales o financieras para comprar o arrendar sus propios espacios, pueden forzar a las mujeres a mantenerse en matrimonios violentos, puesto que no tienen acceso a una vivienda alternativa, en caso que abandonaran a sus esposos”. En el Perú, por Ley N° 30364, reglamentada por D.S. N° 009-2016-MIMP, se previene, erradica y sanciona toda forma de violencia contra las mujeres por su condición de tales, fijando mecanismos, medidas, políticas integrales de prevención, atención, protección de las víctimas, y reparación del daño causado. More