Imágenes de comprobantes no sustentan deducciones (Informe N° 102-2020-SUNAT/7T0000)
La imagen digital del comprobante de pago en formato físico (documento escaneado) no constituye el documento que reúne los requisitos y características para ser considerado comprobante de pago, por lo que no permitirá al adquirente o usuario sustentar la deducción del costo o gasto para efectos del impuesto a la renta (IR). More