Resolución SBS N° 2794-2019. Los sujetos obligados a proporcionar información a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) deberán entregar mediante sus respectivos oficiales de cumplimiento informes semestrales y anuales, según corresponda.
Así lo dispuso la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), mediante la Resolución SBS N° 2794-2019, que fija las condiciones y modalidad para el envío de los informes semestrales del oficial de cumplimiento (ISOC) y del Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC) a la UIF-Perú. More