Todo sobre el retiro extraordinario del 50% de la CTS

CTS

La Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó el dictamen que permite el retiro del 50 % del monto intangible de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Según explicaron sus integrantes, la propuesta busca aliviar los bolsillos de las familias y contribuir a la reactivación de la economía afectada por la pandemia a causa del COVID-19. La iniciativa legislativa debe pasar por algunas etapas para ser aprobada.

Como se recuerda, antes de la llegada del coronavirus, sólo se permitía el retiro de la CTS sobre el excedente a cuatro remuneraciones; sin embargo, a causa de la emergencia nacional, el Gobierno dictaminó el año pasado dos decretos de urgencias relacionadas a ella:

  • El DU No. 033-2020 que permite a cualquier trabajador retirar hasta S/ 2,499 de su cuenta CTS, mientras duraba la emergencia sanitaria (2 de setiembre de 2020).
  • El DU No. 038-2020 que reguló la suspensión perfecta, estableciendo que los empleados que entraban en esta condición puedan disponer de su CTS por un monto equivalente a una remuneración mensual por cada mes que estén con esta licencia sin goce de haber.

Debido a que este proyecto ha llamado la atención en diversos sectores, te damos a conocer todo lo que debes saber sobre este retiro extraordinario del 50% de la Compensación por Tiempo de Servicios.

La CTS es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla y tiene como finalidad protegerlo al momento en que su relación laboral finaliza. (Foto: Andina)

RETIRO EXTRAORDINARIO DEL 50 % DE LA CTS

  • El dictamen aprobado permite el retiro extraordinario del 50% del monto intangible de la CTS para quienes reciban un sueldo menor a 2,400 soles. Asimismo, está dirigido a trabajadores que­­­­ se encuentren en suspensión perfecta de labores.
  • La medida sería temporal, pues se pone como fecha límite del retiro el 31 de diciembre del 2021 para ambos casos.
  • Para ser aprobada debe pasar por un debate en el Pleno del Congreso de la República.

¿CÓMO SE APROBÓ LA INICIATIVA LEGISLATIVA?

La aprobación de la propuesta en la Comisión de Economía se dio con nueve votos a favor y una abstención.

Al respecto, Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, dijo en diálogo con El Comercio que si bien este proyecto es menos perjudicial al que se planteaba hace semanas sobre la base de un retiro del 100%, éste no se justifica.

“Igual debería revisarse porque esto es un seguro de desempleo y la pandemia no acaba. Es necesario siempre guardar pan para mayo”, refirió.

Fuente: Gestión

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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