- Podrá extenderse hasta tres días adicionales, cuando el deceso se produzca en una región distinta al lugar de trabajo.
El pleno del Congreso aprobó, por unanimidad (99 votos), el proyecto de ley que establece la licencia laboral con goce de remuneraciones, en caso de fallecimiento de los familiares más cercanos de los trabajadores del sector privado del país.
La congresista Sigrid Bazán Narro (CD-JP), presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sustentó el dictamen recaído en el PL N.° 1340/2021- CR, que plantea la ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado.
Señaló que tiene como objetivo establecer el derecho del trabajador de la actividad privada a gozar de los derechos laborales en caso de fallecimiento de su cónyuge, padres, hijos o hermanos.
Refirió que la licencia en mención sería otorgada por un plazo de cinco días calendario, pudiendo extenderse hasta tres días calendario adicionales cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente a donde se ubica el centro laboral del trabajador, pudiendo gozar de licencia con goce de remuneraciones, en el caso de fallecimiento de sus seres más queridos.
La iniciativa también contempla los derechos preexistentes, cuando los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre esta materia, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables al trabajador, entre otros aspectos.
“Es una norma de suma importancia para los trabajadores del país, que les permitirá acompañar a sus familiares en los momentos más difíciles de la vida cuando pierdan a sus seres más queridos (…) Ya no sería necesario que este tema se vea a través de las negociaciones colectivas con los gremios sindicales del sector privado y que beneficiará a miles de trabajadores y sus familiares”, manifestó Bazán.
Fuente: El Peruano