- Asimismo, advierte el magistrado que para el Poder Judicial “no importa que seas un alto funcionario, eso no va a impedir que puedas ser procesado y (hasta) sentenciado”.
Del total de procesos por delitos de corrupción en que están involucrados altos funcionarios de la administración pública, cerca de 60% corresponden a delitos de tráfico de influencias y cohecho (soborno), afirmó el juez integrante de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, Manuel Estuardo Luján Túpez.
“Los delitos cometidos por altos funcionarios, aquellos que ocupan los más altos cargos en el Estado, vinculados a corrupción en la administración pública, en mayor frecuencia serefieren a tráfico de influencias y a cohecho, aproximadamente el 60%del grupo de los delitos en trámite, los involucran”, sostuvo.
Al respecto, el juez supremo explicó que el tráfico de influencias es un delito que puede cometerlo tanto un alto funcionario como cualquier ciudadano “en que se ofrece hacer, tramitar o conseguir un resultado en la administración pública, a cambio de algo, dinero u otro beneficio particular”.
Si lo comete quien efectivamente tiene la capacidad de ejecutar lo que ofrece, se llama tráfico de influencia real, indicó; por ejemplo, un ministro de Estado que ofrece a un proveedor que le va a dar un contrato de licitación de una carretera.
“En cambio, si lo ofrece un amigo del ministro, cuando no tiene el poder de concretarlo, se llama tráfico de influencias simulado o fraudulento”, acotó.
Sobre el cohecho o soborno, señaló que este se configura “cuando una persona paga para que otra realice o deje de realizar algún acto que le corresponde”.
Refirió, como ejemplo, el caso en que un gobernador regional o un gerente regional tiene a cargo contratos directos de proveedores o de personal, el cohecho se daría si para contratar personal, pide dinero a cambio del contrato, eso sería cohecho activo.
“Si es al revés, en que el trabajador para conseguir un contrato laboral y acude al gobernador o gerente y ofrece dar tres sueldos, eso sería cohecho activo porque el funcionario recibe lo que le entrega quien ofrece”.
PENA Y RESTRICCIONES
Luján Túpez aclaró que las penas para cualquier funcionario, incluyendo a los de más alto rango, por la comisión del ilícito de cohecho pueden llegar hasta los diez años de cárcel y por tráfico influencias, hasta ocho años.
Además, precisó, que para estos delitos en altos funcionarios, se dan restricciones: no se otorgan beneficios penitenciarios, es decir no se puede salir de prisión por semilibertad o liberación condicional, no hay una redención o adelantamiento de la pena, se tiene que cumplir la pena completa y tampoco la prescripción es la natural o simple sino que se duplica la prescripción.
También, apuntó, que la inhabilitación para el funcionario puede ser definitiva, es decir, la muerte civil total.
PODER JUDICIAL A LA ALTURA
Sobre el papel que cumple el Poder Judicial en el trámite de los procesos por corrupción, sobre todo en los que implican a altos funcionarios, el magistrado fue enfático en señalar que la institución ha demostrado responsabilidad.
“En un Estado de Derecho, todos somos iguales ante la ley y el Poder Judicial ha demostrado que no importa que seas un alto funcionario, ministro, presidente de la República, eso no va a impedir que puedas ser procesado y sentenciado si es que se determina que ha cometido un delito”, señaló.
Y agregó: “porque somos el único país en América del Sur en donde altos funcionarios están siendo objeto de procesos penales y con sentencias. Ello demuestra que el Poder Judicial ha estado a la altura de lo que la historia le ha exigido”.
EXTINCIÓN DE DOMINIO, HERRAMIENTA EFICAZ
El juez supremo destacó, en otro momento, que el sistema de justicia combate delitos de corrupción persiguiendo al agente que cometió el ilícito y, también, a través de la “venganza cívica o educada” de los procesos de extinción de dominio a las ganancias que generan los delitos.
“La Ley de Extinción instaurada en el país es una de las mejores que existe en América con buenos resultados al perseguir los bienes y no las personas. En cuatro años, más de240 millones de soles en el país, que han sido extinguidos y han pasado al Estado”, señaló.
Es que, explicó, en casi 90% de procesos judiciales los procesados no tienen como defender lo que no es suyo y terminan siendo extinguidos los bienes.
Pero alertó que en el Congreso existe una propuesta de modificación para que lo único que pueda perseguirlos procesos de extinción de dominio sean los delitos, lo que importaría que si alguien no ha cometido el delito y el bien está a su nombre, aunque sea un testaferro, no se podrá tocar.
“De prosperar esta iniciativa, retrocederíamos décadas porque es perniciosa para el sistema, es inconvencional e inconstitucional porque hay tratados internacionales en el que el Perú se comprometió a extinguir todo bien que venga de lo ilícito”, puntualizó.